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Para garantizar una mayor cobertura, la JDN  reglamenta el uso de los hoteles en Barranquilla

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Riohacha, 2 de noviembre de 2022

Como lo hemos comunicado con anterioridad, el uso de los subsidios que entrega el sindicato para que las y los compañeros afectados en su salud puedan hospedarse en los hoteles con los que tenemos convenio en la ciudad de Barranquilla, se ha incrementado exponencialmente desde la imposición por parte de la empresa del nuevo turno de trabajo.

Es un reflejo directo de lo perjudicial que ha resultado este inclemente ritmo de trabajo en la salud de todas y todos. A mayor intensidad de exposición a los diferentes factores de riesgo, mayores afectaciones a nuestra salud y mayor número de consultas médicas, con el agravante de que La Guajira no cuenta con centros especializados para el tratamiento de estos males. Esto ha traído el sobrepaso del presupuesto fijado para este rubro por parte de Sintracarbón en el año 2022.

Por tal razón, a partir del 01 de noviembre 2022 fijamos la siguiente reglamentación para el uso de los hoteles en la ciudad de Barranquilla (Puerta del Sol y Fontamar):

  1. Cumplir con lo reglamentado en años anteriores, en donde establecimos un máximo de cinco (5) días por mes, por afiliado, con subsidio de parte de la Organización sindical. A partir del sexto día el trabajador debe pagar la tarifa plena pactada con los hoteles.
  2. Será obligatorio entregar a Sintracarbón la constancia de asistencia médica (citas médicas, terapias o procedimiento medico) para justificar la estadía. Si el trabajador no justifica el día pernoctado deberá pagar la tarifa plena pactada, en su proceso de salida del hotel.
  3. Actualizar sus datos personales y los de los beneficiarios en nuestra base de datos.

Para este último punto, hemos puesto en funcionamiento con los hoteles la base de datos de los afiliados, indispensable para el registro de los huéspedes, motivo por el cual solicitamos a todos nuestros afiliados realizar la actualización de sus datos personales, así como el registro de sus beneficiarios: compañera(o) e hijos(as).

Por lo anterior, implementamos los siguientes mecanismos para la recolección de la información (tener a la mano los números de identificación de los beneficiarios):

  • Diligenciar el formato físico de actualización de datos personales y beneficiarios (Disponible aquí en este comunicado), escanearlo y enviarlo al correo electrónico: sintracarbon.educacion@gmail.com o realizar la actualización digital a través del siguiente link: https://forms.gle/RK5Lo6pvj4paxpb98

Los datos suministrados serán tratados según la ley 1581 del 2012 referente a la protección de datos personales.

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL

Heli Arregocés Ibarra
Presidente

Aquí puedes descargar el formulario de actualización de datos en formato PDF.

Aquí puedes descargar el comunicado en formato PDF.

2 comentarios

  1. Los amparados será q también tienen derecho a este benéficio ya que también se realiza un aporte sindical.

    1. Los amparados se benefician de lo acordado en la Convención Colectiva, porque así lo estipula la ley. Los beneficios que otorga el sindicato son solo para los afiliados. Te invitamos a apoyar al sindicato a través de tu afiliación, para que puedas también acceder a las muchas acciones solidarias generadas desde los afiliados.

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