Riohacha, 7 de febrero de 2026
La Junta Directiva Nacional de Sintracarbón radicó un requerimiento formal a la empresa Cerrejón Limited, con copia al Ministerio del Trabajo – Dirección Territorial La Guajira, por la denominada “Guía Logística para Grupo de Operaciones FFCC”.
La presentación del requerimiento está motivada porque dicha guía, tal como viene siendo aplicada, afecta de manera directa las condiciones de trabajo, ya que pretende regular de forma unilateral temas que ya están protegidos por la Convención Colectiva, el Reglamento Interno de Trabajo y la Ley.
Entre ellos, están:
- Jornada y horarios de trabajo.
- Descansos y pausas operativas.
- Registro real del tiempo laborado.
- Pago de horas extras y recargos.
- Transporte, traslados y pernocta.
- Alimentación en jornadas extendidas.
Estas materias no pueden ser modificadas por instructivos internos, ni quedar al criterio discrecional de supervisores o necesidades operativas.
Marco legal que respalda la acción sindical
El requerimiento se fundamenta, entre otros, en:
- La Convención Colectiva SINTRACARBÓN–CERREJÓN 2024–2027.
- El Reglamento Interno de Trabajo.
- La Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), que refuerza:
o La primacía de la realidad.
o El derecho al descanso necesario.
o La jornada máxima legal.
o El pago real y completo del tiempo trabajado.
o Los límites al abuso de la subordinación.
¿Qué le exige Sintracarbón a la empresa?
Se otorgó a Cerrejón un plazo perentorio de diez (10) días hábiles para que:
- Suspenda inmediatamente la aplicación de los apartes de la Guía FFCC que afecten derechos laborales.
- Respete y aplique exclusivamente la Convención Colectiva y el Reglamento Interno en Ferrocarril.
- Ajuste registros y nómina, reconociendo horas extras y recargos efectivamente trabajados.
- Convoque una mesa formal de discusión con el sindicato para cualquier ajuste operativo que impacte condiciones de trabajo.
- Responda por escrito y de manera motivada.
La ausencia de respuesta dentro del plazo será entendida como negativa, habilitando de inmediato la intervención del Ministerio del Trabajo.
Mensaje a los trabajadores
Esta acción no es simbólica. Es una actuación jurídica, sindical y preventiva, orientada a:
- Proteger el salario.
- Defender la jornada y el descanso.
- Reducir riesgos de fatiga y seguridad operacional.
- Frenar precedentes regresivos en Ferrocarril.
Les solicitamos:
- Mantenerse informados a través del sindicato.
- Documentar turnos, traslados y horarios reales.
- No firmar ni aceptar modificaciones a sus condiciones laborales sin acompañamiento sindical.
La defensa de los derechos no se improvisa: se ejerce con organización, norma en la mano y unidad. Seguiremos informando oportunamente los avances.
¡Defenderemos siempre el trabajo digno, seguro y con derechos!!!
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
Jaime López García
Presidente