Un bono de alimentación por $172.364 mensuales podrá ser reclamado a partir del próximo 15 de mayo, por aquellas personas que hayan perdido su trabajo.
Fue creado por el Gobierno y complementa el seguro de desempleado. Así las cosas, cada beneficiario podrá recibirlos durante seis meses, tanto el seguro de desempleo como el bono de alimentación.
Los bonos de alimentación se definen como la prestación económica otorgada a la población cesante destinada exclusivamente a cubrir gastos asociados a alimentos, de acuerdo a las prioridades de consumo. Serán otorgados a través de las agencia de empleo de las Cajas de Compensación Familiar.
«Queremos que más personas puedan hacer uso de este beneficio, pues muchas no saben que tienen derecho y por eso no se acercan a las agencias de empleo a reclamar el seguro», manifestó el viceministro de Empleo y Pensiones, Luis Ernesto Gómez Londoño.
¿Cuáles son los requisitos para acceder?
1. Certificación de cesación laboral o terminación de su contrato laboral.
2. Inscripción o actualización de su hoja de vida en el Servicio Público de Empleo
3. Diligenciar el Formulario Único de Postulación al Mecanismo de Protección al Cesante.
Las Cajas de Compensación Familiar deben realizar la verificación del siguiente requisito para ser beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante:
Si era dependiente, haber aportado a Caja de Compensación Familiar por mínimo un año durante los últimos tres años.
Si era independiente, haber aportado a Caja de Compensación Familiar por mínimo dos años durante los últimos tres años.
El viceministro Gómez señaló también que lo importante es saber si se cumple con los requisitos, reunir los documentos y en cuestión de 10 días hábiles se están haciendo efectivo los beneficios.