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Decisiones de JDN sobre la interpretación violatoria de Cerrejón de los artículos 54, 55 y 89 de la Convención Colectiva vigente

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Riohacha, 21 de mayo de 2025

Durante el desarrollo de la reunión de junta directiva nacional y la plenaria, se discutieron, analizaron y definieron aspectos que consideramos nuestra base debe conocer, ya que es necesario que todas y todos estemos atentos, para que, desde esta perspectiva hagamos el reclamo y la defensa de nuestros derechos.

Cerrejón insiste en tergiversar la interpretación de 3 artículos importantes de nuestra CCT en detrimento de nuestros afiliados. Eran temas ya superados en anteriores procesos de aplicabilidad en cada periodo de vigencia. Pero hoy, esta compañía, interesada en violentar los derechos convencionales, realiza una revisión quisquillosa de lo pactado, descontextualizando su interpretación. Su objetivo no es otro que reducir costos en la nómina en detrimento de la base de trabajadores.

En principio, hemos identificado dos artículos que están siendo particularmente vulnerados en su aplicabilidad por parte de la empresa y que afectan directamente al trabajador y a sus beneficiarios en materia de educación. El Artículo 54 – Auxilio para Educación Universitaria y el Artículo 55 – Educación y/o Necesidades Especiales.

Respecto al Artículo 54, la empresa ha establecido, unilateralmente y sin estar pactado en la convención, que el auxilio solo puede ser solicitado en función de tiempo, modo y lugar de un comunicado emitido por la administración de manera semestral, supuestamente, para darle apertura a la aplicabilidad del beneficio y que sólo en esos términos será entregado. Esto solo busca la pérdida del derecho a reclamar el auxilio e, ilegalmente, tergiversa lo pactado convencionalmente.

En cuanto al Artículo 55, en principio, entre ambas partes se había logrado un entendimiento claro luego de superar varias controversias en el pasado. Sin embargo, la empresa los desconoce y vuelve a tergiversar el sentido del artículo, usando tecnicismos y argumentos que dejan de lado el espíritu y la filosofía con los que fue concebido ese beneficio tan sensible e importante para los trabajadores afilados.

Estos hechos ya fueron denunciados ante la autoridad del trabajo con poder preferente en la ciudad de Bogotá. Se habilitó, además, una reunión con la viceministra de relaciones laborales, con el fin de que, desde el Ministerio del Trabajo, se tome una acción más ágil y urgente por lo sensible y necesario para los afiliados y sus beneficiarios.

Todo lo anterior, sin menoscabo a que exigimos a Cerrejón que se reactiven inmediatamente los beneficios de los trabajadores, sin interpretaciones ilógicas. A través de este comunicado denunciamos públicamente el interés de Cerrejón de reducir gastos a costa de los derechos de los trabajadores, mientras mantiene nóminas de administrativos tan costosas, que le están generando pasivos en el desarrollo de sus actividades productivas. Los pasivos no los generan los beneficios de la gente. Nuestras y nuestros afiliados solo generan productividad y plusvalía con cada minuto de trabajo.

De igual forma, denunciamos la violación del artículo 89 de nuestra CCT. Haciendo caso a un informe interno de la empresa prestadora de los servicios de salud, Sanitas, que carece de toda objetividad, Cerrejón viene negando el pago de los viáticos a muchos compañeros residentes en el sur de La Guajira, para su tratamiento por terapias cognitivas y neuro sicológicas, quienes adelantan su rehabilitación en Barranquilla, como si el derecho se supeditara a lo geográfico y no a mejorar la salud de los trabajadores y trabajadoras.

Hacemos un llamado a todas y todos nuestros afiliados a estar atentos y unidos ante este interés de la empresa para limitar derechos adquiridos de los trabajadores, que son producto de años de lucha y negociación. No podrán salirse con la suya en el interés de reducir costos con la salud de los trabajadores.

Es una acción violatoria además de los derechos humanos de quienes necesitan sus tratamientos. Seguiremos en la tarea indeclinable defendiendo con firmeza cada beneficio pactado en nuestra convención colectiva y no permitiremos retrocesos que afecten el bienestar de nuestras familias.

En los próximos días, estaremos planteando habilitar, además, otras acciones y espacios con expertos para puntualizar, exigir y definir las interpretaciones de esos tres artículos, y que se le entregue el pleno derecho a cada afiliado.

Las confusiones que hoy ha emitido la administración de la empresa frente a la aplicabilidad de artículos que son derechos de los trabajadores, no puede afectar a ninguno de nuestros afiliados, ni lo que hemos construido históricamente.

¡La unidad y la organización son nuestra mayor fortaleza!

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL

Heli Arregocés Ibarra
Presidente

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